Abogada de pensión de alimentos en Valencia
Que exista una sentencia no significa que el problema esté resuelto.
Muchas familias tienen fijada judicialmente una pensión de alimentos y, sin embargo, el pago no llega, llega tarde o llega incompleto mes tras mes. Lo que en papel es una obligación legal se convierte en la práctica en una fuente de incertidumbre económica para el progenitor que tiene a los hijos a su cargo.
El impago de la pensión de alimentos no es un conflicto privado que deba resolverse entre las partes. Es el incumplimiento de una resolución judicial, y como tal tiene consecuencias jurídicas para quien deja de pagar.
¿Qué hacer si te impagan la pensión alimenticia?
Cuando el pago no llega: la ejecución de sentencia
l primer instrumento legal ante el incumplimiento de pago es la ejecución de sentencia. A través de este procedimiento, el juzgado puede ordenar la retención del salario del deudor, el embargo de cuentas bancarias o la retención de determinadas devoluciones tributarias. Para ello, resulta necesario acreditar las cantidades impagadas y valorar qué actuaciones corresponden según las circunstancias concretas del caso.
Si el impago es reiterado y concurren determinadas circunstancias, la conducta puede tener también consecuencias en el ámbito penal.
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Gastos extraordinarios y pensión compensatoria
La obligación económica entre progenitores no se limita a la cuota mensual de manutención de los hijos. Los gastos extraordinarios —sanitarios no cubiertos, actividades extraescolares acordadas, material escolar— forman parte de la obligación de alimentos y su impago puede reclamarse por la misma vía.
Distinta en naturaleza pero igualmente ejecutable es la pensión compensatoria, que corresponde al cónyuge que sufre un desequilibrio económico tras la separación o el divorcio. Su impago genera también la posibilidad de ejecución judicial.
Modificación de la pensión fijada
Las circunstancias de las familias pueden cambiar con el tiempo. Una reducción importante de ingresos, un cambio en el régimen de custodia compartida o una variación en las necesidades de los hijos pueden hacer necesario revisar las medidas acordadas en el convenio familiar o establecidas judicialmente.
No toda dificultad económica justifica por sí sola una modificación de la pensión. Cada situación requiere analizar qué circunstancias han cambiado y si esas variaciones pueden tener relevancia jurídica. Mientras la pensión fijada continúe vigente, la obligación de pago se mantiene en los términos establecidos.
Por este motivo, cuando se producen cambios significativos en la situación familiar o económica, resulta conveniente valorar las opciones disponibles antes de que la deuda aumente o el conflicto entre los progenitores se prolongue innecesariamente.
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